Normativa – Ley 1/2024 8 febrero – Transición energética y cambio climático

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Normativa – Ley 1/2024 8 febrero – Transición energética y cambio climático

El 21 de febrero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático.

¿Quieres saber más sobre esta Ley? Te lo contamos a continuación

¿Por qué Euskadi necesita esta Ley?

La atmósfera está calentándose con graves consecuencias para nuestro medio ambiente y sociedad. Es por ello que debemos limitar este aumento de temperatura y reducir los efectos negativos, debemos disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero con el fin de alcanzar un nivel cero de aquí a 2050.
Además de ese objetivo de neutralidad climática en Euskadi a más tardar en 2050, con esta Ley se buscan alcanzar otros objetivos también importantes para nuestro futuro.

¿Cuáles?
Reducir emisiones de gases de efecto invernadero el 45% en el año 2030 respecto a 2005.
Ahorrar en el consumo final de energía al menos un 12% en el año 2030 respecto a 2021.
-Lograr para el año 2030 que la participación de las energías renovables en el consumo final energético represente al menos el 32%.
Aumentar la resiliencia del territorio al cambio climático.

Esta Ley a su vez es complementaria con la Ley 4/2019 de Sostenibilidad Energética, por lo tanto, sus obligaciones siguen vigentes y los órganos recogidos en dicho texto se adaptan al nuevo marco legal.

La referencia técnica para las entidades locales y el órgano de gobernanza será La Oficina Vasca de Transición Energética y Cambio Climático. Además, se crea la Asamblea Ciudadana de Transición Energética y Cambio Climático con el objetivo de impulsar la participación ciudadana.

¿Qué municipios tienen la obligación de aprobar los planes locales de clima y energía y para cuándo?
-Los territorios históricos y los municipios > de 5.000 habitantes (además, deberán elaborar y aprobar, cada dos años, un informe sobre el grado de cumplimiento de sus planes).
-Los municipios con una población < de 5.000 habitantes, podrán elaborar los planes de clima y energía de forma individual o comarcal.

Ley transición energetica pdf resumen

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