Subvención – Obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente (LÍNEA 3)
Ayudas a fondo perdido para
OBRAS COMUNITARIAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL Y EFICIENTE (LÍNEA 3) en el marco del programa de medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
Obras comunitarias:
Proyecto de intervención que abarca de forma conjunta y simultánea, la eficiencia energética, la accesibilidad y la seguridad en caso de incendio de, al menos, un edificio completo de tipología residencial colectiva con uso principal de vivienda.
Abierto el
plazo de presentación de solicitudes (01/07/2022-31/12/2030)
Plazos para presentar el proyecto de ejecución: límite 3 meses a contar desde la notificación de la resolución que acuerda la concesión.
Una vez aprobado el proyecto de ejecución –> 6 meses para dar inicio a la ejecución de las obras
Requisitos que deben cumplir los edificios objeto de intervención:
- Tipología: Edificios plurifamiliares con mínimo 4 viviendas
- Antigüedad: Construcción anterior a 1980
- Adecuación urbanística y estructural: Cumplimiento del Decreto 317/2002 (rehabilitación del patrimonio) o normativa vigente
- Inspección Técnica del Edificio (ITE): Realizada y registrada en el ayuntamiento antes de la solicitud- Antes de la liquidación: subsanar patologías urgentes (grados 1, 2, 3) y disponer de Plan de Uso y Mantenimiento
- Carencias a justificar: Deben existir deficiencias en accesibilidad, eficiencia energética y seguridad contra incendios (art. 16.5 orden reguladora)
- Habitabilidad: Cumplir condiciones mínimas de habitabilidad (Decreto 317/2002 o normativa aplicable) Excepción: edificios con deficiencias que se comprometan a subsanar antes de la liquidación (obras en el proyecto o compromiso de propietarios)
No son objeto de subvención:
Edificios deshabitados, declarados en ruina o con expediente incoado.
Edificios demolidos parcialmente o prevean la demolición de su fachada.
Edificios que se rehabiliten para aumentar el nº de viviendas, siempre que no sean de protección pública.
Las que se correspondan con obras ya iniciadas o licencia concedida/solicitada en el momento de presentación de la solicitud.
Requisitos de la intervención propuesta
Debe incluir todas las siguientes actuaciones:
1. Eficiencia energética
o Alcanzar al menos:
Certificación C en emisiones y consumo de energía primaria no renovable.
Certificación parcial D en demanda de calefacción.
2. Accesibilidad
o Acceso autónomo desde vía pública a todas las viviendas, sin peldaños y cumpliendo normativa.
3. Seguridad contra incendios
o Sistemas de detección, alarma, extinción y alumbrado de emergencia.
Actuaciones protegibles
1. Eficiencia energética
Pasivas: Actuaciones sobre la envolvente → reducir ≥ 50% demanda calefacción.
Activas: Medidas que reduzcan ≥ 20% consumo energía primaria no renovable (tras pasivas).
Monitorización energética.
2. Accesibilidad
Instalación de ascensores (interior/exterior) en edificios sin ascensor.
Adaptación de ascensores existentes (cota cero / cabina normativa).
Otras soluciones para accesibilidad hasta cota cero.
Itinerario accesible desde vía pública (soportales, antejardines, etc.).
Accesibilidad sensorial: señalización táctil/visual/sonora, videoportero, etc.
3. Seguridad contra incendios
Sistemas de detección y alarma.
Iluminación de emergencia para evacuación.
Sistemas de extinción (extintores, columna seca).
Presupuesto protegible
• Honorarios profesionales: informes, certificaciones, proyectos, dirección de obra (sin impuestos).
• Ejecución de obras: necesarias, certificadas y facturadas tras la aprobación del proyecto y antes del certificado final de obra (sin impuestos).
¿A quién va dirigido?
Ayuntamientos vascos ; Entidades Locales Menores ; Sociedades Públicas de Vivienda –> con la condición de ser propietarios únicos de los edificios en el ámbito de las actuaciones y cuyo objeto sea el del arrendamiento protegido.
Empresas constructoras, de servicios energéticos, arrendatarias o concesionarias de los edificios, o de parte de los mismos con el requisito de disponer de la facultad de acometer las actuaciones de rehabilitación.
Cuantía: A fondo perdido, resultado de la suma de ayudas correspondientes a diferentes actuaciones, cuya totalidad no podrá superar lo siguiente por vivienda:

*Dependiendo de las actuaciones que se realicen dentro de cada una (eficiencia energética, accesibilidad y seguridad contra incendios) existen diferentes cuantías máximas, no pudiéndose superar en su conjunto la totalidad de 30.000€/vivienda en caso general y 35.000€ en los especiales.
Compatibilidad: Son incompatibles con:
Programa PREE gestionado por el EVE.
Cualquier otra ayuda/subvención cofinanciada por el FEDER u otros Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) conforme a un programa de renovación del parque inmobiliario existente con objeto de la eficiencia energética.
Otras ayudas públicas por actuaciones elegibles en materia de vivienda en el marco de programas europeos.
Más información en:
subvención Línea 3
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