Ley 4/2019, sobre Sostenibilidad Energética del País Vasco – Rol ejemplarizante de la administración pública vasca, ¿cómo?
En marzo de 2019, se publicó la Ley 4/2019 sobre Sostenibilidad Energética del País Vasco que, si bien afecta a todos los sectores consumidores público, privado y residencial, hace hincapié en el rol ejemplarizando de la administración pública vasca.
En este articulo resumiremos el Titulo II de la Ley 4/2019, dedicada exclusivamente a los objetivos y acciones generales marcados a la administración pública vasca para su cumplimiento e implantación.
De forma resumida, se pretende impulsar la eficiencia energética, el ahorro energético (35% para 2030) y la reducción de la factura energética, la implantación y utilización de energías renovables (32% en 2030) reduciendo así la dependencia de combustibles fósiles, el fomento de una movilidad más sostenible y la reducción de emisiones de efecto invernadero, entre otros.
¿Qué se entiende por administración pública vasca en esta Ley?
- Gobierno vasco
- Diputaciones
- Ayuntamientos y mancomunidades
- Entidades locales menores
- Universidad del País Vaso y sus entidades vinculadas o dependientes
- Entidades vinculadas o dependientes como entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones del sector público, consorcios
¿A qué afecta?
A todos los edificios, instalaciones y parque móvil, que sean propiedad de la administración pública, aunque esté arrendado a terceras personas.
¿Cuáles son los objetivos que cumplir en 2030?
Primer objetivo: reducción del consumo en un 35%
Segundo objetivo: Utilización de energías renovables en 32%
Tercer objetivo: 40% de sus edificios y locales deberán disponer de calificación energetica A o B.
Hagamos números…
Supongamos un ayuntamiento que consume anualmente 5.000.000 kWh de energia primaria entre edificios, locales, alumbrado público y su flota de vehículos.
Para facilitar los cálculos, supongamos que el mercado energético es estable y constante a lo largo de los años y el coste energético anual de este municipio es 265.000 €.
Este ayuntamiento no tiene producción propia por lo que todo el consumo es suministrado por comercializadoras de gas y electricidad.
Según el primer objetivo, este ayuntamiento deberá haber reducido en 1.750.000 el consumo energético total, o dicho de otra forma, su consumo en 2030 no podrá superar los 3.250.000 kWh.
Y recordando el segundo objetivo, este ayuntamiento que consumirá en total 3.250.000 kWh, el 32% (1.040.000 kWh) lo habrá utilizado de fuentes de energías renovables implantadas como instalaciones solares fotovoltaicas, solar térmica, geotermia, aerotermia, biomasa, entre otros.
Por lo tanto, el nuevo consumo suministrado por terceros será de 2.210.000 kWh (117.130 € de factura energética, suponiendo precios fijos los próximos 8 años) habiéndose reducido su dependencia energética, emisiones de CO
2 y factura.
Y, ¿qué hay que hacer?
- Disponer de un inventariado y consumo detallado de los edificios, alumbrado público y parque móvil.
- Anualmente comunicar a Gobierno Vasco los consumos.
- Disponer de auditoria energetica de todos los edificios con potencia térmica superior a 70 kW.
- Disponer de auditoría de alumbrado público.
- Disponer y exponer en lugar visible en todos los edificios, del certificado de eficiencia energetica.
- Entre otros
Además, se dispondrá de un Plan Energetico que analice la situación de partida, defina y cuantifique las medidas y actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos y el cronograma de implantación.
En aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes, se podrán acoger al Plan energetico mancomunado.
Conclusiones
La motivación del cumplimiento de esta Ley puede ser medioambiental, legal, económica o muy posiblemente la conjunción de las anteriores.
Hay que recalcar que la reducción de la factura del 50% expuesta en el ejemplo era bajo el supuesto que los precios de compra de energia se mantienen fijos en los próximos años. No hace falta estimar que si aplicamos las subidas de los últimos meses y los que quedan del mercado eléctrico, lo más caro es no hacer nada.
Este ha sido breve aperitivo del contenido de esta Ley que está revolucionado la manera y el enfoque de cómo acometer y poner en práctica la sostenibilidad energética, la eficiencia energética y en definitiva, la mitigación del cambio climático.
En próximos posts, seguiremos analizando y resumiendo las normativas en este sector para facilitarnos la vida a todos.